GUÍA DEL DESPACHO
Nueva normativa de desahucios: qué revisar tras el Real Decreto-ley 29/2026
Suspensión, vulnerabilidad e intervención de la Administración: cómo preparar el estudio de un alquiler con la normativa de octubre de 2026.

Una reforma que exige revisar el expediente
El Real Decreto-ley 29/2026 se publicó el 7 de octubre y su entrada en vigor general se produjo el 8 de octubre de 2026. Esta guía está revisada a 30 de octubre de 2026. Antes de actuar debe comprobarse la vigencia y la redacción aplicable en el BOE, incluido cualquier cambio posterior derivado de su tramitación parlamentaria. La fecha del contrato y la situación del procedimiento también importan.
Suspensión: el horizonte de 2030 no es una respuesta para todos los casos
El artículo 2 contempla suspensiones por vulnerabilidad y falta de alternativa habitacional hasta el 31 de diciembre de 2030, con condiciones distintas según quién demande. En el régimen de los restantes demandantes prevé revisión, levantamiento y un máximo de tres años desde que se acuerde la suspensión. También regula excepciones y determinadas compensaciones. No todos los arrendadores ni todos los ocupantes quedan en la misma posición.
Impago e intervención de la Administración
La reforma incorpora a la LEC una enervación extraordinaria con intervención administrativa. En sus supuestos, la Administración dispone de dos meses para ofrecer alternativa habitacional o pagar o consignar íntegramente las cantidades y costas previstas; durante ese plazo se suspende la tramitación. La norma regula además la subrogación administrativa si transcurre el plazo sin la actuación exigida. Hay que comprobar sus presupuestos concretos antes de aplicarla.
Qué necesita estudiar el propietario
Reúne contrato, calendario de pagos, requerimientos y resoluciones recibidas. Identifica si se ha señalado lanzamiento, si hay intervención de servicios sociales y qué comunicaciones administrativas constan. No deduzcas del titular de una noticia que el procedimiento va a terminar o quedar suspendido: el escrito que corresponda debe conectar los hechos acreditados con el régimen aplicable.
Una estrategia actualizada, sin prometer fechas
En el despacho revisamos la recuperación de la posesión y las cantidades pendientes junto con las incidencias que puedan afectar al expediente. Si procede estudiar una compensación, interesa conocer su destinatario, documentación y condiciones; no se debe dar por hecho su reconocimiento. Quien haya iniciado actuaciones con anterioridad debe aportar también esos documentos: no conviene reconstruir la situación solo desde el último aviso recibido.
Normativa y referencias
Fuentes oficiales consultadas el 30 de octubre de 2026. Comprueba su actualización antes de actuar.
Real Decreto-ley 29/2026: texto vigente y actualizaciones ↗Ley de Enjuiciamiento Civil ↗Información general. La actuación requiere estudiar los documentos, las fechas y las circunstancias del caso.