QUÉ DICEN LOS TRIBUNALES

Un recibo de alquiler impagado: ¿cuándo puede evitarse el desahucio?

Qué dicen los tribunales: análisis de una sentencia del Tribunal Supremo.

Contrato de alquiler, dos juegos de llaves y un calendario sobre una mesa
Imagen ilustrativa generada con IA. No corresponde al asunto analizado.

Un recibo del alquiler fue devuelto y el propietario pidió terminar el contrato. El Supremo tuvo que decidir si, dadas las circunstancias, aquel retraso justificaba el desahucio.

¿Qué había pasado?

La inquilina vivía en la vivienda desde 1983. El alquiler se cargaba en una cuenta a la que trasladaba el dinero de su pensión. Un mes faltaban menos de diez euros y el banco devolvió el recibo completo. Por tanto, no había quedado pendiente solo esa pequeña diferencia: la mensualidad no se había pagado.

En aquellas fechas, la mujer había sufrido una caída y atendía a su marido, que también tenía graves problemas de salud. Cuando los familiares descubrieron lo ocurrido, ingresaron el dinero y cambiaron la domiciliación para evitar que se repitiera.

¿Qué decidió el tribunal y por qué?

La Audiencia había acordado el desahucio. El Supremo revisó esa decisión y mantuvo el contrato. Valoró conjuntamente la situación excepcional de la inquilina, la explicación del retraso, el pago realizado y la ausencia de perjuicio para el propietario.

El Supremo recordó que una sola mensualidad impagada puede justificar terminar un alquiler. Tampoco basta siempre con pagar después de presentada la demanda. Lo que inclinó este caso fue el conjunto de circunstancias acreditadas.

¿Qué significa para otro alquiler?

No existe un permiso general para pagar tarde. Si un recibo se devuelve, conviene aclarar enseguida la causa, corregir el problema y conservar justificantes y comunicaciones.

También hay que comprobar la fecha del contrato. Este asunto estaba sujeto al régimen arrendaticio de 1964; no todas sus reglas pueden trasladarse sin más a un alquiler actual. En el despacho revisamos tanto los pagos como el contexto antes de valorar una reclamación o su defensa.

  • Contrato y fecha de celebración.
  • Recibo devuelto, avisos bancarios y pago posterior.
  • Comunicaciones y documentos que expliquen la incidencia.

Fuentes y referencias

Documentación consultada el 31 de octubre de 2026. Los análisis describen la resolución y distinguen sus circunstancias de otros casos.

Tribunal Supremo, Sala Primera (de lo Civil). Sentencia n.º 1065/2024, de 23 de julio de 2024. Recurso n.º 611/2022. ECLI: ES:TS:2024:4244 ↗

Código Civil ↗

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